Pro Bono

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Tiempo estimado de realización: 10 horas
Lugar: Badajoz
Aréas de conocimiento: Tributos: impuestos y tasas Derecho Procesal Tributario
ONG: Proyecto áSILO
Web:
¿Tienes dudas? Escríbenos a pblegal@hazloposible.org

Necesitamos asesoramiento sobre el funcionamiento fiscal de la asociación

Proyecto Asilo es una asociación que tiene como objetivo desarrollar los ambientes naturales de Extremadura. Nos surgen algunas dudas en cuanto al funcionamiento fiscal de la asociación.

Respecto a las donaciones:
- ¿cómo se registran estos movimientos de dinero, tanto en el libro de cuentas como fiscalmente? ¿Se declaran aún con IVA 0?
- ¿Puede nuestra asociación a día de hoy recibir donaciones?
¿Cuándo una asociación puede recibir donaciones?
- ¿cómo asociación podemos recibir donaciones que vayan después destinadas al cumplimiento de estatutos pero en beneficio del que nos ha hecho tal ingreso? ¿Cuando una asociación recibe un dinero para realizar una actividad en cumplimiento de sus fines y objetivos ¿cómo debe registrarlo?

Ejemplo 1: el ayuntamiento de Cabeza del Buey da un dinero a la asociación Proyecto áSILO para realizar unos talleres formativos de reutilización de materiales dentro de unas jornadas de medioambiente. ¿Cómo debemos registrar esa entrada de dinero en nuestra cuenta?

Ejemplo 2: la asociación cultural Jacarilla 2012 da un dinero a la asociación Proyecto áSILO para impartir unos talleres formativos a mujeres desempleadas de Jacarilla. ¿Cómo debemos registrar esa entrada de dinero en nuestra cuenta?

Respecto a facturas y recibís:
- ¿Cuál es la diferencia entre ambas? El recibí a nivel fiscal no tiene validez.
- ¿Cuando se puede puede pagar o cobrar algo sin IVA ni IRPF?
- ¿Cuando se puede puede pagar o cobrar algo con un recibí?
- ¿Cuando se puede puede pagar o cobrar algo con una factura sin IVA ni IRPF?
Cuando se paga o cobra cualquier actividad que según la Ley de IVA 37/92 está exenta de IVA, ¿cómo se hace como factura sin IVA o como recibí? Con factura
- Desgranar las actividades exentas de IVA: ¿todo taller formativo que imparte la asociación es una actividad exenta de IVA? Art. 20 a 26 de la Ley de Iva 37/92 ¿Se puede hacer una Factura sin IVA ni IRPF? (tenemos una así, la del shortyweek del año pasado) Si se puede ¿la reflejamos de cuentas o debería tributar a hacienda?
- ¿Los recibís, aunque no lleven IVA se declaran también?

Respecto a las actividades de las asociaciones y sus ventajas fiscales:
-Que implica, en cuanto a IVA, el documento que nos reconoce como entidad o establecimiento de carácter social?
-¿Toda actividad que hagamos que esté dentro de nuestros fines y objetivos, y sea con fondos de un tercero como debemos registrar esa entrada de dinero?
-¿Una asociación puede hacer de manera habitual servicios que no están exentos del IVA, y que cobra con facturas?

- Exposición de un caso concreto que tenemos en la asociación: ¿Cómo deberíamos recibir y registrar ese dinero?

Una persona cercana a la asociación y conocedora de sus modos de hacer quiere aportar para que desarrolle talleres. Así, esta asociación podrá conseguir los fines marcados en sus estatutos. Para ello la persona se compromete a:
- Ceder un solar de su propiedad.
- Permitir la conexión a la red eléctrica.
- Permitir el uso del agua (la parcela tiene punto de consumo de la red pública).
- Buscar personas interesadas en formarse en los sistemas constructivos.
- Financiar los gastos de materiales.
- Contratar a los especialistas que fueran necesarios si la asociación lo necesitara.
- Hacer una donación a la asociación para que pueda desarrollar el proyecto integral.

Teniendo esto en cuenta los beneficios finales serían:
- La persona que hace la donación y nos ayuda en el desarrollo de los talleres y cumplimiento de nuestros fines es propietario de la parcela y por tanto de la construcción resultante, una vivienda. Quedando bajo su responsabilidad habitarla, mantenerla o mejorar aquello que considere necesario. Incluso derruirla si así lo estima oportuno.
- Cumplimiento de los fines de la asociación. La asociación desarrolla la construcción de una vivienda que puede ser habitada y utilizada, demostrando que los modos de hacer son correctos.
- Grupo de personas de la región han sido formadas en estos modos de hacer.
- El ayuntamiento de Don Benito tendrá un ejemplo plausible para enseñar a otras personas interesadas en estos modelos constructivos.
- La Universidad Popular de Don Benito habrá desarrollado un curso formativo y dispondrá de un programa docente replicable en años sucesivos.
- El Centro Tecnológico de FEVAL, ubicado en Don Benito, podrá hacer seguimiento de los sistemas constructivos e investigarlos de manera que se puedan estandarizar y hacerlos de uso común.

La imagen es de Álvaro Ortiz en Flickr

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Webs de la Fundación Hazloposible:
hacesfalta.org
solucionesong.org
voluntariadocorporativo.org