Estas son las obligaciones legales de ONG cuando tiene personas voluntarias ¡Toma nota!


publicado por probonos.net

Una entidad sin ánimo de lucro debe tener en cuenta diversas consideraciones legales en su día a día. Una de ellas está relacionada con aquellas personas voluntarias que colaboran con su actividad social. En este post, destacamos las acciones que debe llevar a cabo una ONG en este sentido.

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A pesar de que gran parte de las ONG conocen la Ley 45/2015 de Voluntariado, siempre es bueno recordar conceptos clave para entender bien su regulación. Uno de los términos que hay que tener claro es el significado de voluntariado, que así aparece descrito en el artículo 8 de la citada norma:

Tendrán la condición de voluntarios las personas físicas que decidan libre y voluntariamente dedicar, todo o parte de su tiempo, a la realización de las actividades. Este artículo señala que los menores pueden hacer voluntariado, teniendo en cuenta los siguientes requisitos. Los mayores de 12 y menores de 16 deben contar con autorización expresa de sus padres o representantes legales; los mayores de 16 y menores de 18, en cambio, pueden contar con el consentimiento de padres o tutores.

¿Tu ONG se ha encontrado o se puede encontrar con una situación de este tipo? En caso en que tengas alguna duda legal cuando personas voluntarias colaboren contigo, pueden solicitar un pro bono para que un especialista en Derecho pueda orientarte al respecto.

Esta Ley de Voluntariado también identifica a personas con diversa capacidad o en situación de exclusión social o personas mayores. En estos casos, se especifica que la incorporación de estos colectivos a actividades de voluntariado deberá hacerse a través de formatos adecuados y de acuerdo con sus capacidades y circunstancias personales, siguiendo las pautas marcadas por los principios de accesibilidad universal y diseño para todos, de manera que les resulten accesibles, usables y comprensibles. Esta definición puede resultar muy genérica a la hora de ponerla en práctica, por lo que, si en alguna ocasión vuestra ONG se ha encontrado con un caso similar, siempre tenéis la opción de acudir al pro bono para resolver vuestras cuestiones legales.

Por otro lado, el artículo 10 de la Ley refleja los Derechos de las personas voluntarias. Entre ellos, podemos leer que estar personas deben estar cubiertas de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la acción voluntaria y de responsabilidad civil a través de un seguro. Si tu entidad social necesita orientación profesional a la hora de hacer este tipo de seguros o algún tema específico relacionado con ellos, te recomendamos contar con el apoyo de un abogado/a pro bono.

Esta norma también hace referencia a su derecho de proteger sus datos personales de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos. Aunque lo hemos mencionado en anteriores ocasiones, podéis enviarnos una solicitud de asesoramiento legal para que una persona experta en esta materia os oriente sobre cómo hacer esta gestión.

La relación de colaboración entre la persona voluntaria y la entidad social se regula, según el artículo 12, por un acuerdo de incorporación, donde se definirá y regulará las condiciones y actividades que se realizarán. Aunque la norma define los puntos que contiene este documento, el apoyo profesional a la hora de elaborarlo es una opción interesante para aquellas entidades que tengáis que elaborarlos.

Esta Ley, como elemento diferenciador de la anterior norma que regulaba el voluntariado, incluye las acciones y colaboraciones que pueden existir entre ONG y empresas, universidades o la Administración Pública, entre otros. En caso en que necesitéis apoyo profesional a la hora de realizar un acuerdo de colaboración con estas instituciones o aclarar determinadas dudas legales que os surjan en este sentido, no os olvidéis del pro bono, os podrá ayudar a resolver las cuestiones que tengáis.

Si tenéis alguna duda sobre el desarrollo de esta actividad altruista por parte de profesionales del Derecho o queréis hacernos algún comentario al respecto, podéis contactar con los responsables de Probonos.net en el correo pblegal@hazloposible.org.

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